La violencia de género en Latinoamérica

Más allá de las alarmantes cifras de mujeres asesinadas que publican los medios de comunicación, que alcanzó las 277 sólo en 2014, la violencia de género es un tema del que es necesario hablar, desde múltiples miradas. [16.09.2015]

Por Eloísa Oliva y Candela Ahumada
Redacción UNCiencia
Prosecretaría de Comunicación Institucional

Las estadísticas de impunidad contra las mujeres son preocupantes: solo un porcentaje muy bajo de las denuncias por violencia de género que se realizan en el país llega a tener sentencia. ¿El resto? Naufraga en el camino, debido, en parte, a que son las propias mujeres quienes deben procurar que la investigación avance.

Según los especialistas, la impunidad en estos casos funciona como factor multiplicador de la violencia, perpetuando el silencio y la indiferencia sobre este tema. Mientras tanto, las cifras de mujeres asesinadas en Argentina crecen de manera sostenida: entre 2008 y 2014 se registraron 1808 femicidios y, en el mismo período, el número de muertes trepó un 33%.

A pocos meses de la multitudinaria marcha que bajo la consigna de “Ni una menos” puso como nunca antes en estado público la urgencia de la problemática de género, UNCiencia analiza la situación de la mujer en la actualidad, desde diferentes perspectivas. Tres especialistas en género, hablan, en distintas entregas, sobre la violencia hacia la mujer en el contexto latinoamericano, la creación y sistematización de un registro único de femicidios a nivel nacional, y el papel de los medios de comunicación, entre otros aspectos.  

Para visibilizar lo históricamente invisibilizado. Para hablar de lo que no se habla.

La violencia contra las mujeres es una violación a los Derechos Humanos. Así lo establece en su articulado la Convención de Belém do Pará, celebrada en 1994.  Desde entonces, se considera que toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como privado.

Susana Chiarotti es abogada experta en género y miembro del Mecanismo de Seguimiento de dicha Convención (Mesecvi). Su participación en ese espacio le permite tener una mirada integral de lo que ocurre a nivel latinoamericano, y conocer problemas y logros comunes a todos los países de la región. “Si bien no podemos cambiar en 30 años los mandatos patriarcales forjados durante varios milenios, es importante reconocer los grandes avances producidos en las últimas tres décadas, en el sentido de deslegitimar la violencia y lograr un marco jurídico integral”, apunta la especialista.

Recientemente, Chiarotti visitó la UNC para participar de la tercera reunión de la Mesa de Diálogo para la Prevención de la Violencia de Género, creada por el Programa de Género de esta Universidad, e integrada por diversas organizaciones e instituciones. En esa oportunidad, dialogamos con la especialista sobre la realidad de la mujer en América Latina y cómo se posiciona Argentina en ese marco.

¿Cómo llega a inscribirse la violencia de género en el ámbito de los Derechos Humanos?

La conceptualización de la violencia contra las mujeres como una violación a los derechos humanos fue el resultado de investigaciones y movilizaciones por parte del movimiento de mujeres a nivel mundial. Se pudo constatar que ese tipo de violencia existía en todos los países del mundo, en todas las clases sociales, por tanto, era extendida. Asimismo, tal como se demostró en varios tribunales mundiales donde se presentaron casos testigos, podía llevar a la mutilación o la muerte; insumía muchos años de vida saludable de las mujeres y disminuía sus posibilidades de desarrollo, por tanto, era grave. Y las dificultades para prevenirla y erradicarla a lo largo de los años, probó que era una violencia permanente.

Susana Chiarotti

Susana Chiarotti

Esas tres características fueron resaltadas en una campaña que se propuso incidir en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena, en junio de 1993, a la que asistieron mujeres de todo el mundo reclamando que se incorporara como una violación a los derechos humanos, lo que se logró en la Declaración y el Plan de Acción de Viena.

Al año siguiente se firmó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, o Convención de Belém do Pará, dentro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y en el artículo 3 incorporan el derecho a vivir una vida libre de violencia como un nuevo derecho humano.

¿Cuáles son las principales problemáticas comunes a los distintos países de América Latina?

Hay varias áreas de preocupación que son comunes a los distintos países y fueron detectadas desde los inicios del funcionamiento de este Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará. Uno de ellos es el marco jurídico. Los países deben contar con leyes integrales de violencia hacia las mujeres para poder actuar con eficacia en ese campo y visibilizar adecuadamente el tema.

Otro es el de acceso a la Justicia. Los índices de impunidad en casos de violencia son muy altos y aumentan en los casos de violencia sexual. Eso muestra que hay que trabajar con nudos problemáticos al interior del sistema de justicia y garantizar que cada denuncia termine con una sanción y la reparación adecuada.

Un tercer tema es el de la estadística. No contamos con bases de datos ni estadísticas que nos permitan medir las dimensiones de la violencia en cada país, y esto trae consecuencias, ya que no se pueden diseñar políticas adecuadas para enfrentar un fenómeno cuyas dimensiones no se conocen. Como ejemplo: no es lo mismo organizar un servicio de atención a mujeres que viven violencia con un equipo preparado para atender 100 personas por mes, que recibir 1000 o 2000 denuncias mensuales. El servicio se desborda, el equipo se desgasta y las personas no son bien atendidas, entre otras consecuencias.
Otro problema común es el de los presupuestos y puede resumirse diciendo que en la mayoría de los países éstos son inadecuados e insuficientes. La recomendación del Mesecvi es que figuren como ítems específicos en el presupuesto nacional, que provengan de fondos genuinos y permanentes y no de donaciones temporales.

En ese contexto regional, ¿cómo evalúa la situación de Argentina en relación a la violencia de género?

Argentina ha avanzado en la conceptualización del marco jurídico, aunque la ley de violencia aún no fue implementada plenamente. Falta, entre otras cosas, delimitar adecuadamente las sanciones para cada tipo de violencia; lanzar un plan nacional de prevención y sanción de la violencia que tenga un presupuesto adecuado; diseñar bases de datos, registros de casos de violencia, así como encuestas y muestreos que nos den una dimensión del número y tipo de casos, e impulsar investigaciones que avancen en el análisis de la cuestión.

Ausencia de condenas

De acuerdo a Chiarotti, en Argentina solo el 2,8 % de las denuncias por violencia de género llegan a tener sentencia. En su opinión, la ausencia de una condena reparadora genera la idea de “impunidad ante estos casos”, y actúa como un “factor de multiplicación de la violencia”. En este sentido, destaca la importancia de que se demuestre que la violencia contra las mujeres no es aceptable y que conllevará una sanción. Pero advierte que muchos de los casos no pasan de la denuncia. “La Policía, en muchas ocasiones, demora el traslado de las denuncias a la Justicia. En el sistema de justicia se acumulan los expedientes, no les dan importancia. Las mujeres tienen que mover por su cuenta los casos. En ocasiones, ellas mismas tienen que llevar las notificaciones a las comisarías del domicilio del denunciado. Si ellas no pueden agilizar la actuación, el caso queda dormido”. ¿El resultado? En su opinión, eso lleva a la privatización de la justicia, ya que es la propia víctima la que debe procurar el avance de la investigación, con el consiguiente desgaste personal y económico. “Si tienen hijos o no pueden dejar el trabajo, no pueden dar ese seguimiento. Los casos juntan polvo en un armario y difícilmente llegan a una sentencia. Mucho menos se puede hablar de reparación”. Y destaca que ese último paso del acceso a la Justicia “es casi desconocido en nuestro país”.

¿Qué papel juega una institución como la Policía en la trama de la violencia de género?

La Policía es la primera línea de atención en miles de casos de violencia. Una buena recepción es clave para la continuidad del proceso y el alejamiento de la mujer de esa situación.

Uno de los grandes reclamos de activistas y militantes es la formación en perspectiva de género, ¿cómo puede articularse en el ámbito policial y judicial?

La Policía, y por supuesto, todo el personal del sistema de justicia, debe recibir formación sobre estos temas desde la academia, lo que implica que todo lo relacionado con igualdad y no discriminación por género y violencia contra las mujeres debe ser incorporado a la currícula de la academia de Policía. De esa manera, con menores costos, tendríamos a todo el personal formado y sin necesidad de desgastarnos en cientos de capacitaciones aisladas.

Otro de los reclamos es la no revictimización, es decir, la realización de una única declaración que sirva a diferentes fines…
Las repetidas declaraciones de la mujer que padece violencia –que, en algunos países, calculan en ocho entrevistas– deben reducirse. En Indonesia, por ejemplo, cuentan con un formulario único que debe llenarse tanto si la mujer llega con golpes a un hospital como si va a una comisaría o ante una fiscalía. No necesita repetir la declaración. Esos formularios únicos facilitan la recolección de datos y la elaboración de registros.
La idea es avanzar hacia la organización de espacios “One Stop”. La mujer llega y en ese mismo lugar hace la denuncia, es revisada por los forenses, se le brinda asesoramiento jurídico, atención psicológica y, si es necesario, recibe refugio junto a sus hijas e hijos. La denuncia se deriva a la fiscalía que comienza la investigación y moviliza el proceso judicial.

La universidad pública como espacio libre de violencia

El preámbulo de la Convención de Belém do Pará indica que la violencia contra las mujeres es un producto de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y varones. Para la especialista Susana Chiarotti, eso significa que “no es un problema individual, ni la suma de miles de problemas individuales, sino un problema cultural”. En esa línea, explica que vivimos en una cultura que aún está atravesada por mandatos atávicos de sujeción de las mujeres, que todavía ubica a las mujeres como  responsables del espacio doméstico y de la reproducción de la fuerza de trabajo, y que nos asigna las tareas de cuidado de manera prioritaria

¿Cómo se puede transformar esa cultura, desde las universidades?

Para ello es clave que las instituciones que educan e investigan, que forman a los futuros decisores públicos, como la universidad, tenga un rol activo y de liderazgo.
La tarea es hacia adentro y hacia afuera. Si la universidad pone como norma que es un espacio libre de violencia, y que no tolerará un tratamiento discriminatorio o violento hacia las mujeres, dará el primer paso formando profesionales preparados para actuar de otra manera en la sociedad.
Hacia afuera, estudiando los orígenes, formas de manifestación y consecuencias de la violencia, hará aportes claves que servirán como herramienta para entender la problemática, y para prevenirla y erradicarla.

Convención de Belém do Pará

La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer fue adoptada en Belém do Pará, Brasil, en 1994, formalizando la definición de la violencia contra las mujeres como una violación de sus derechos humanos. Este acuerdo permitió, por primera vez, el desarrollo de mecanismos de protección y defensa de los derechos de las mujeres, en la lucha para eliminar la violencia contra su integridad física, sexual y psicológica, tanto en el ámbito público como en el privado.

Su implementación efectiva requiere un proceso de evaluación y apoyo continuo e independiente, para lo cual se creó en 2004 el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (Mesecvi). Se trata de una metodología de evaluación multilateral, sistemática y permanente, fundamentada en un foro de intercambio y cooperación técnica entre los Estados parte de la convención y un Comité de expertas y expertos.

El Mesecvi analiza los avances en la implementación de la convención por sus Estados parte, así como los desafíos persistentes en las respuestas estatales ante la violencia contra las mujeres.

Femicidio: la forma más extrema de violencia

El término “femicidio” es político, es la denuncia a la naturalización de la sociedad hacia la violencia sexista. Se trata de una de las formas más extremas de violencia hacia las mujeres: el asesinato cometido por un hombre hacia una mujer a quien considera de su propiedad.

El concepto fue desarrollado por la escritora estadounidense Carol Orlock en 1974 y utilizado públicamente en 1976 por la feminista Diana Russell, ante el Tribunal Internacional de los Crímenes contra las Mujeres, en Bruselas. En Argentina, la figura de femicidio se incorporó al Código Penal en 2012, como un tipo agravado de homicidio que establece «agravantes por el vínculo» y descarta el uso de atenuantes cuando el hombre tenga antecedentes por violencia. Específicamente, fue modificado el artículo 80 del Código Penal.

El asesinato de mujeres, en cifras

Fuente: Observatorio de Femicidios en Argentina Adriana Marisel Zambrano. Coordinado por La Asociación Civil La Casa del Encuentro [www.lacasadelencuentro.org.ar]
Córdoba: nueve mujeres muertas en 2015
  • Según el registro de los casos de femicidio publicados en diarios locales, en lo que va del año se contabilizaron nueve mujeres asesinadas en la provincia de Córdoba:
    1) Valeria Borgiani. Fue asesinada el 15 de enero en Marcos Juárez, en una oficina del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, donde trabajaba. Tenía 31 años y era madre de una adolescente de 15 años. Está preso su expareja, Gabriel Consol.
  • 2) Rosa Emilia Barbieri. Asesinada el 27 de enero en barrio Ampliación Los Troncos, de Monte Cristo. Está detenido la expareja, Alfredo Achával. Era madre de cinco hijos.
  • 3) Andrea Castana. Fue asesinada el 11 de marzo en Villa Carlos Paz. No está claro cómo ocurrió el homicidio. Hay tres imputados, entre ellos su exesposo, aunque todos están libres. La hipótesis de un crimen cometido por la expareja ha ido perdiendo peso. Según las pericias hubo ataque sexual, circunstancias que permiten encuadrar el caso como un femicidio.
  • 4) Carina Simoneta. Asesinada el 30 de marzo en su casa de Villa María, aparentemente por su pareja. Ambos eran pacientes psiquiátricos del hospital Vidal Abal de Oliva y estaban dentro del programa de externalización. Carina tenía 44 años
  • 5) María Eugenia Lanzetti. Fue asesinada este 15 de abril. Tenía 44 años y era madre de dos hijos. Murió degollada en un jardín de infantes. Está preso su expareja.
  • 6) Gladys Britos. El 7 de mayo su cuerpo fue encontrado semienterrado en el campo donde vivía cerca de Tuclame. Su pareja confesó ser el autor del crimen.
  • 7) Irma Rodríguez. El 22 de mayo fue asesinada con un machete cuando llegaba a su casa en Río Segundo. Su expareja quedó detenido.
  • 8) Laura Moyano. Mujer trans asesinada el 25 de julio en  una casa abandonada de Villa Allende Parque a la salida de un local bailable. Si bien no hay datos terminantes sobre este caso, algunos expertos coinciden en encuadrarlo en la categoría de femicidio, tanto por su condición de mujer como por su condición de trabajadora sexual. El 1 de septiembre se informó la detención de Fernando Gabriel Pereyra. El detenido está imputado de homicidio simple, y desde la fiscalía se indicó que el detenido y Laura se conocían y habían tenido relación (aunque se desconoce si habían sido pareja).
  • 9) Ingrid Vidosa. Fue encontrada muerta en el Cerro de la Cruz, Carlos Paz, el 25 de agosto. La asesinaron de un disparo en la nuca y se cree que estaba arrodillada cuando recibió el tiro. Por el caso está imputado Marcos Haye, pareja de la víctima.
  • Fuente: Diarios La Voz del Interior y Día a Día.

La provincia de Córdoba avanza hacia la unificación de la declaración

El 14 de septiembre se puso en marcha un nuevo formulario unificado de denuncias para los casos de violencia familiar en la provincia de Córdoba. El instrumento estará disponible en todas las bocas de recepción de denuncias del territorio provincial.

La aplicación de esta herramienta, elaborada por especialistas, podría significar un gran paso en cuanto a la disponibilidad de información oficial y la obtención de datos estadísticos, necesarios para conocer las dimensiones reales de la problemática y exigir políticas públicas acordes.

El nuevo formulario fue elaborado por la Oficina de Coordinación de Violencia Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia, y contiene indicadores que la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación utiliza para la elaboración de estadísticas. También contempla el registro de “indicadores de gravedad”, útiles al momento de establecer un orden de urgencia en el tratamiento de los casos.
 

Legislación vigente sobre violencia de género en Córdoba
Ley Nacional 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. Sancionada en marzo de 2009 y promulgada en abril de 2009. Distintos sectores y movimientos feministas reclaman la aplicación integral de esta ley y la asignación de un presupuesto acorde.
Ley Provincial 9.283 de violencia familiar. Sancionada en marzo de 2006 y publicada en el Boletín Oficial en marzo de ese mismo año. Diversas organizaciones y colectivos reclaman su revisión, así como la ampliación del marco legal disponible para violencia de género, ya que esta ley se atiene a relaciones familiares y a violencia doméstica, y no protege a las mujeres de la violencia de género por fuera del ámbito familiar.


Más información | Legislación vigente sobre Género – Secretaría de Extensión Universitaria (UNC)

Fecha de publicación: 17 septiembre, 2015